Con la finalidad de prevenir conductas irregulares, la Sociedad Española de Cardiología, Fundación Española del Corazón y la Fundación Casa del Corazón han ideado un canal a disposición de sus integrantes, empleados y demás interesados. Su objeto es servir como medio adecuado para la comunicación de comportamientos sucedidos dentro de la actividad de la fundación y que puedan ser contrarios a su normativa interna o a la ley.
¿Quién puede comunicar?
El Canal ético cardiología está abierto a los miembros de la Sociedad Española de Cardiología, Fundación Casa del Corazón y Fundación Española del Corazón como son: integrantes del Comités Ejecutivo, Patronatos, directivos, empleados, representación de los trabajadores, socios, entidades colaboradoras, empleados cuya relación haya finalizado, voluntarios, becarios y empleados cuya relación laboral todavía no haya comenzado, en los casos en que la información sobre infracciones haya sido obtenida durante el proceso de selección.
¿Qué puede comunicarse?
El Canal ético cardiología tiene por objeto informar sobre irregularidades.
En concreto:
- Acciones u omisiones susceptibles de constituir infracción penal o administrativa grave o muy grave.
- Incumplimiento de los principios consagrados en el Código ético y de conducta de la SEC-FCC-FEC.
- Cualquier conducta que pueda estimarse reprochable desde la perspectiva de la integridad como principio de la SEC-FCC-FEC.
Mis derechos como informante:
- A que su identidad no sea revelada.
- A recibir acuse del recibo de la comunicación que efectúe y de la decisión que se adopte sobre el inicio o no de una investigación.
- A recibir información en materia de protección de datos.
- A ser informado sobre las medidas de las medidas de protección y apoyo como informante.
- A ser informado de la tramitación del expediente de investigación que pudiere originar la comunicación que realice.
- A ser informado sobre la existencia de sistemas externos de información.
